Incumplimiento de la normativa sobre garantías legales por vendedores y fabricantes

Incumplimiento de la normativa sobre garantías legales por vendedores y fabricantes

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Tienda ropa
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Normativa sobre garantías legales

OCU acaba de publicar los resultados de la encuesta que ha realizado entre más de 1.300 consumidores para comprobar la manera en la que la normativa sobre garantías funciona, el grado de conocimiento que tienen los consumidores sobre la misma y hasta qué punto los comerciantes la cumplen. El estudio íntegro se publica en la revista Dinero y Derechos del mes de noviembre.

Las conclusiones de este estudio son claras: existe un desconocimiento evidente por parte de los consumidores sobre los derechos que les asisten, un desconocimiento que es aprovechado en muchos casos para eludir las obligaciones que la norma impone a los comerciantes.

Así, a la pregunta de cuánto dura la garantía, solo un 54% de los encuestados sabía que este periodo se alarga hasta los 2 años, y hasta un 25% de ellos desconocen que durante el periodo de vigencia de la garantía no tienen que pagar los costes de mano de obra, piezas o transporte del producto para su reparación. Esta falta de información es aprovechada por algunos fabricantes para establecer plazos de garantía inferiores al legal en sus documentos, algo claramente contrario a la normativa actual pero que el estudio detecta hasta en un 22% de los casos analizados.

Respecto a aquellos que trataron de ejercer la garantía, el estudio realizado por OCU muestra que solo la mitad de los reclamantes logró lo que solicitó en un principio, que puede ser la reparación o la sustitución del producto por uno nuevo. En un 15% de las ocasiones el consumidor no consiguió respuesta alguna a su demanda por parte de vendedor o fabricante, y de los que sí lograron respuesta, a un 60% se les ofreció reparar el producto y solo a un 23% se les facilitó la sustitución.

OCU recuerda que la normativa sobre garantías establece que el plazo legal es de dos años para productos nuevos (con la excepción de la vivienda, que es de hasta 10 años para los defectos más graves) y de un año como mínimo para los de segunda mano comprados en establecimiento comercial, y que si el defecto surge en los primeros 6 meses desde su adquisición, se presume que se trata de un defecto de origen, sin tener que probar nada para que se aplique la garantía. En opinión de OCU, este plazo de seis meses debería ampliarse hasta los dos años pues así se evitarían prácticas abusivas como la de exigir al consumidor a partir del sexto mes la prueba de que el fallo era de origen.

Para OCU es evidente que la normativa sobre garantías necesita de una mejora que brinde una protección eficaz a los consumidores. Por ello, mantiene abierta una campaña de recogida de firmas denominada“Garantízate” con la que pretende, entre otras cosas, la efectividad total de la garantía no solo durante los 6 primeros meses, sino durante los 2 años de vigencia de la misma, que los consumidores reciban una información clara y veraz sobre sus derechos o que se haga efectivo el derecho del consumidor a optar entre reparación o sustitución.

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